Cuándo Prescribe una Deuda en Argentina y Cuánto Tiempo Queda en el Veraz (2026)
La pregunta que todos se hacen: ¿la deuda caduca sola con el tiempo? Te lo explicamos claro, con los plazos reales y qué podés hacer en cada caso.
Es una de las dudas más buscadas sobre el tema, y tiene respuesta clara una vez que entendés cómo funcionan realmente los plazos legales. Antes de ver qué podés hacer con tu caso puntual, conviene tener el panorama completo de cómo se cuentan estos tiempos en Argentina.
Elegí por dónde seguir 👇
🔍 Consultá tu situación actualizada (gratis) 📊 Qué significa mi situación del 1 al 6Si llegaste hasta acá, seguramente tenés una deuda dando vueltas y la misma duda que miles de personas: “¿no se borra sola después de un tiempo?”. La respuesta es sí, pero con condiciones, y hay una confusión que te conviene resolver antes de tomar cualquier decisión. Vamos paso a paso.
Prescripción y caducidad NO son lo mismo (acá está la clave)
Casi todo el mundo mezcla dos cosas distintas, y por eso se equivoca:
Prescripción de la deuda: es el tiempo después del cual el acreedor ya no puede reclamarte el pago por la vía judicial. La deuda no se borra mágicamente, pero deja de ser exigible ante la Justicia.
Caducidad del registro en el Veraz: es el tiempo durante el cual ese antecedente sigue visible en el informe. Es otro reloj, con otros plazos.
Podés tener una deuda ya prescripta que igual sigue figurando un tiempo más, o una deuda exigible que ya casi no aparece. Por eso conviene mirar los dos relojes por separado.
¿Cuánto tiempo queda una deuda registrada en el Veraz?
Esto lo regula la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales. Los plazos del registro son:
| Situación | Cuánto figura |
|---|---|
| Deuda impaga, sin juicio iniciado | hasta 5 años |
| Deuda pagada (figura como “cancelada”) | 2 años |
| Central de Deudores del BCRA | se actualiza mensual |
Los 5 años se cuentan desde la fecha de mora, no desde que tomaste la deuda. Y ojo: si pagás, no desaparece al instante. Suele tardar unos 10 días hábiles en actualizarse, y el antecedente queda marcado como “cancelado” por unos 2 años más.
📌 El Veraz no borra nada por decisión propia: solo muestra lo que informan los acreedores. Por eso, regularizar con la entidad es siempre el primer paso para cambiar un registro.
¿En cuánto prescribe cada tipo de deuda?
El plazo para que prescriba la acción de cobro depende del tipo de deuda (Código Civil y Comercial y leyes específicas):
| Tipo de deuda | Prescribe en |
|---|---|
| Entre consumidores y usuarios (general) | 2 años |
| Tarjeta de crédito — acción ejecutiva | 1 año |
| Tarjeta de crédito — acción ordinaria | 3 años |
| Contratos de seguro | 3 años |
| Impuestos (AFIP / Rentas) | 5 a 10 años |
| Otras deudas comunes | hasta 5 años |
El conteo arranca desde que la deuda es exigible (cuando el acreedor pudo reclamarte). Pasado el plazo, ya no pueden obligarte a pagar por juicio… pero hay una trampa que reinicia el reloj.
⚠️ Lo que reinicia el plazo (mucho cuidado con esto)
La prescripción se interrumpe —y el conteo vuelve a cero— si reconocés la deuda. Y reconocer no es solo firmar algo: un pago parcial, un acuerdo, o admitir la deuda por escrito o por teléfono cuenta como reconocimiento. También se interrumpe si el acreedor inicia un juicio o una notificación formal.
Por eso, si creés que tu deuda ya está cerca de prescribir, no la reconozcas ni hagas un pago parcial “para sacártelos de encima” sin antes asesorarte. Esa cuota suelta puede reiniciar los 5 años. Es uno de los errores más caros que comete la gente.
Y aunque la deuda prescriba, los estudios de cobranza pueden seguir llamándote para cobrarla de forma extrajudicial. Que insistan no significa que tengan derecho a demandarte.
Cómo Salir del Veraz: Qué Hacer Según tu Caso
1. La deuda es real y querés ordenarte. Tenés tres caminos: pagar el total, acordar un plan de cuotas, o negociar una quita (pagar menos en un solo pago). Pedí siempre la constancia por escrito de que van a informar la actualización. Mucha gente, cuando tiene varias deudas, evalúa una refinanciación o consolidación para juntar todo en una sola cuota más manejable.
2. La deuda es un error o no la reconocés. Tenés derecho a pedir la rectificación. Se inicia un reclamo presentando la documentación de respaldo, y la empresa tiene un plazo legal para corregir. Si no se resuelve, podés recurrir a Defensa del Consumidor o a la Agencia de Acceso a la Información Pública.
3. Ya pasaron los plazos. Si pasaron los 5 años desde la mora y no hubo juicio, podés solicitar que eliminen el registro. Si te llegó una carta documento o te inician acciones legales, ahí sí conviene asesorarte con un abogado antes de responder.
👉 ¿No sabés en qué situación estás? Mirá qué significa cada nivel del 1 al 6 → 👉 Volvé a consultar tu situación actualizada, gratis y paso a paso →Preguntas frecuentes
¿Una deuda se borra sola del Veraz a los 5 años?
Pagué la deuda, ¿por qué sigo figurando?
¿Hacer un pago chico me conviene si la deuda está por prescribir?
¿La prescripción se aplica sola?
¿En cuánto prescribe una deuda de tarjeta de crédito?
Tengo varias deudas, ¿qué miro primero?
Esta es una guía informativa e independiente y no constituye asesoramiento legal ni financiero. Los plazos pueden variar según el caso particular y la normativa vigente. Ante una deuda con reclamo judicial, consultá con un profesional. No estamos afiliados al BCRA, a Veraz/Equifax ni a ningún organismo oficial.
🔍 Consultá tu situación actualizada (gratis) 📊 Qué significa mi situación del 1 al 6